STS, December 04, 2000
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“ Es meridianamente claro que no se debe confundir el sistema de elección del Comité de Empresa o de los Delegados de Personal, con aquel otro, distinto, de constitución de un Comité Intercentros. La elección de los miembros del Comité o Delegados se instrumenta a través de un proceso electoral que se desarrolla mediante la votación de todos los trabajadores con derecho a participar, constituyendo un principio básico, en este sistema electoral, la exclusión como elegibles de los componentes de aquellas listas que no hayan obtenido el 5% de los votos de cada colegio. ”
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