STS, 9 de Abril de 2002

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Frases clave


el acto unilateral de la empresa el que extendió la ventaja a los pensionistas o jubilados; precisa la sentencia que el beneficio ni es una mejora voluntaria de la Seguridad Social, ni puede considerarse como una mejora salarial, puesto que no retribuye el trabajo prestado, siendo su correcta caracterización la de beneficio de carácter asistencial por razón de la vinculación anterior del beneficiario o de su causante a la empresa.

Extracto


STS, 9 de Abril de 2002

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