STS, 10 de Febrero de 1998

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Resumen


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Frases clave


Es una manifestación más de la colisión entre las normas de convenios colectivos y la ley, pues la Ley de Presupuestos de Canarias, antes referida, expresamente establecía la limitación de que las ayudas por estudios y guarderías únicamente eran aplicables a aquellos trabajadores cuyos ingresos brutos anuales no superaran los dos millones de pesetas, incrementados en trescientas mil pesetas por cada hijo. Por consiguiente, el presente recurso se reduce a decidir cual de los dos mandatos debe prevalecer: el del convenio colectivo, que implicaría el derecho de todos los trabajadores a percibir la ayuda, o el de la Ley de Presupuestos, que excluye del beneficio a los trabajadores, cuya unidad familiar supere el límite de ingresos establecido.

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Extracto


STS, 10 de Febrero de 1998

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