STS, 10 de Febrero de 1998
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Resumen
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Frases clave
“ Es una manifestación más de la colisión entre las normas de convenios colectivos y la ley, pues la Ley de Presupuestos de Canarias, antes referida, expresamente establecía la limitación de que las ayudas por estudios y guarderías únicamente eran aplicables a aquellos trabajadores cuyos ingresos brutos anuales no superaran los dos millones de pesetas, incrementados en trescientas mil pesetas por cada hijo. Por consiguiente, el presente recurso se reduce a decidir cual de los dos mandatos debe prevalecer: el del convenio colectivo, que implicaría el derecho de todos los trabajadores a percibir la ayuda, o el de la Ley de Presupuestos, que excluye del beneficio a los trabajadores, cuya unidad familiar supere el límite de ingresos establecido. ”
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Extracto
STS, 10 de Febrero de 1998
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Documentos citados
- Constitución Española de 1978 - Artículo 37
- Ley del Estatuto de los Trabajadores (Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo) - Artículos 38, 82, 85
- Ley de Procedimiento Laboral (Real Decreto Legislativo 2/1995, de 7 de abril) - Artículo 205
- STC 177/1988, 10 de Octubre de 1988
- STC 58/1985, 30 de Abril de 1985