STS, 12 de Marzo de 2002

Enlazado como:


Resumen


No longer available (Autolink)

Frases clave


ea cual fuere el alcance que quiera otorgarse a la fundamentación de la resolución que se combate, es lo cierto que al resolver ésta en los términos en que lo hizo no pudo haber infringido en modo alguno el art. 7°.2 de la LOLS, por cuanto acreditado como está -y por nadie cuestionado- que el Sindicato actor obtuvo en el último proceso electoral más del diez por ciento de representantes (5 sobre un total de 29, como antes se dijo), tiene sin duda derecho a ejercitar las funciones y facultades previstas bajo los apartados antes mencionados del art. 6°.3 de la propia Ley Orgánica, por lo que debe el actor ser tratado de forma "no excluyente... en la participación que proporcionalmente le corresponda en función del proceso electoral de 28-6-99", que es lo único que la Sentencia que se impugna le ha reconocido

Ver el contenido completo de este documento

Extracto


STS, 12 de Marzo de 2002

No longer available (Autolink)

Ver el contenido completo de este documento