STS, 27 de Mayo de 2002

Enlazado como:


Resumen


No longer available (Autolink)

Frases clave


El precepto no hace sino introducir requisitos adicionales para garantizar la igualdad en la aplicación del mecanismo de cobertura provisional de puestos de trabajo previsto en el artículo 30 de la Ley de la Función Pública Andaluza. Del apartado primero de éste se desprende la existencia de una habilitación, en los mismos supuestos y con los mismos límites temporales que rigen para los funcionarios interinos, para destinar, "con consentimiento del interesado, al puesto de trabajo desocupado cualquier funcionario de la Junta de Andalucía que reúna las condiciones de titulación y requisitos funcionales exigidos para el puesto".

Ver el contenido completo de este documento

Extracto


STS, 27 de Mayo de 2002

No longer available (Autolink)

Ver el contenido completo de este documento


Documentos citados