STS 95/2000, 4 de Febrero de 2000

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Frases clave


Respecto a lo primero, en los hechos probados se nos dice que uno de los atracadores "sacó una pistola cuyas características no constan". Si ello es así, y a ello hemos de someternos para la interpretación del referido artículo 242.2°, no puede hablarse de " arma", ni en su sentido específico, ni siquiera en su significado genérico, al no constar si estaba en disponibilidad de ser empleada como tal arma. Tampoco cabe aplicar el concepto de "medio peligroso", dado el desconocimiento sobre sus características materiales, tales como si era de plástico o de metal, su peso y aleación con que estaba construida, etc. El dato de que su parecido con un arma real era evidente, como también se nos dice, no puede transformar un objeto que no lo es (o se desconoce si lo es) en un arma u otro elemento peligroso, pués la agravación que se recoge en el precepto no consiste en un mayor amedrantamiento sufrido por los amenazados con la acción, sino en un mayor peligro de parte del sujeto activo del hecho.

Extracto


STS 95/2000, 4 de Febrero de 2000

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