Orden de 6 de abril de 1963 por la que se determinan las condiciones en que habrá de efectuarse el embarco reglamentario para optar a los títulos profesionales de las Marinas Mercante y de Pesca.
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Orden de 6 de abril de 1963 por la que se determinan las condiciones en que habrá de efectuarse el embarco reglamentario para optar a los títulos profesionales de las Marinas Mercante y de Pesca.
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