STS, 30 de Enero de 2001

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Frases clave


no habiendo culminado con resolución firme el expediente de caducidad no puede estimarse extinguido el derecho concesional, conforme al artículo 51 de la Ley de 2 de agosto de 1985, a contrario, de la Ley de Aguas, por lo que al no estar libre el tramo de río cuestionado, no cabe el otorgamiento de nuevas concesiones para un mismo aprovechamiento por ser incompatibles, a tenor de lo expuesto en el artículo 121.2 del Reglamento del Dominio Público Hidráulico".

Extracto


STS, 30 de Enero de 2001

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