Orden por la que se regula la designación de Consejeros provinciales del Movimiento comprendidos en el apartado h) del artículo 28 del Estatuto orgánico y la incorporación al Consejo de aquellos a los que se refieren los apartados b), c), d) e i) del mismo artículo.

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Orden por la que se regula la designación de Consejeros provinciales del Movimiento comprendidos en el apartado h) del artículo 28 del Estatuto orgánico y la incorporación al Consejo de aquellos a los que se refieren los apartados b), c), d) e i) del mismo artículo.

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