STS 1111/1995, 26 de Diciembre de 1995

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Frases clave


decae el último de los motivos, en que se pretende entrar a conocer de las peticiones del suplico de la reconvención. Todas las cuales están subordinadas a que no prospere la demanda declarando existente la compraventa. No cabe hablar de lucro cesante inherente a la privación de la posesión de la parcela y nave litigiosa sufrida por "Esbe, S.L.", cuando la posesión se trasmitió al pactar la venta en el documento privado declarado válido y eficaz. Falta pues, la base fáctica precisa para entender aplicables los artículos 433, 435 y 455 del Código Civil, en relación con el artículo 1303, que son los denunciados como infringidos por inaplicación.

Extracto


STS 1111/1995, 26 de Diciembre de 1995

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