STS, 23 de Julio de 1997

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Frases clave


Según el recurrente, el primero porque en acto de conciliación el demandado reconoció la obligación que contrajo de entregar "una serie de elementos de los que construyó en el solar". En esa alusión a "elementos" hace residir que se trataba de cuotas de propiedad y no de valor. Pero se tiene en cuenta, sin embargo, que si bien el principio que prohíbe ir contra los actos propios, derivación del de buena fe, ha sido recogido y aceptado en innumerables sentencias de esta Sala, ha exigido ciertos presupuestos para su eficacia, entre ellos y muy principalmente, que se trate de actor o declaraciones de significación concluyente e indubitada, no ambiguo o inconcreto (sentencias, entre otras muchas, de 7 de octubre de 1.932, 24 de octubre de 1.959 y 10 de noviembre de 1.992). De incorrección, ambigüedad y de dudoso significado ha de tacharse la palabra "elementos", para que sobre ella se pueda fundamentar sólidamente una infracción al tan repetido principio.

Extracto


STS, 23 de Julio de 1997

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