STS, 29 de Junio de 2001
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Frases clave
“ la Sentencia recurrida declara probado que las cantidades especificadas por la actora para cada una de las mercancías suministradas se corresponde con el pactado, y esta conclusión no ha sido combatida en casación por el único camino procesalmente idóneo que es el del error en la valoración de la prueba. ”
“ No es cauce adecuado la invocación del art. 1214 CC porque este precepto no contiene ninguna regla de valoración probatoria, y para su conculcación habría sido preciso que un hecho controvertido resultara ausente de prueba (lo que no es el caso) ”
Extracto
STS, 29 de Junio de 2001
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Documentos citados
- Código de Comercio (Real Decreto 22 de agosto de 1885) - Artículos 59, 304
- Código Civil - Artículos 1158, 1195, 1895
- Real Decreto de Promulgación de la Ley de Enjuiciamiento Civil (Real Decreto de 3 de febrero de 1881) - Artículos 1692, 1715