STS, 21 de Diciembre de 2001
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Frases clave
“ No cabe en este proceso entrar a examinar la validez, eficacia y alcance de la escritura pública de 28 de octubre de 1977 (en realidad de 25 de octubre) por la que se dió forma pública a la compraventa de la finca, y, por otra parte, resulta el carácter ganancial en relación con la sociedad conyugal de Dn. Guillermo con su segunda esposa. ”
“ Lo convenido por los interesados fue una renuncia por Dn. Guillermo a sus derechos (en la comunidad ganancial y en la herencia de su esposa) y la atribución al mismo en exclusiva de la titularidad de la finca de DIRECCION000; y el que aquella figure en la escritura pública y la atribución del bien inmueble en el documento privado no altera en absoluto la unidad negocial y la validez y licitud de los pactos (actos dispositivos), tanto más que el documento privado se formalizó inmediatamente después del público como resulta claramente de su propio tenor. ”
Extracto
STS, 21 de Diciembre de 2001
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Documentos citados
- Constitución Española de 1978 - Artículo 24
- Ley Hipotecaria (Decreto 8 de febrero de 1946) - Artículo 184
- Código Civil - Artículos 6, 100, 440, 618, 624, 629, 630, 633, 839, 968, 997, 1000, 1035, 1068, 1079, 1255, 1275, 1276, 1316, 1337, 1344, 1347, 1445, 1450, 1462
- Ley Orgánica del Poder Judicial (Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio) - Artículo 5
- Real Decreto de Promulgación de la Ley de Enjuiciamiento Civil (Real Decreto de 3 de febrero de 1881) - Artículos 359, 1692, 1715