STS 502/2008, 30 de Mayo de 2008

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Resumen


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Frases clave


Es la fe del "tercero" en el contenido registral la que purifica su título y el de su transmitente en lo que a él afecta, y el contenido del Registro en el momento de su adquisición no proclamaba la titularidad de aquellos que le transmitían, por lo que faltaba tal requisito para su posible configuración como tercero hipotecario y ni siquiera la inscripción posterior del derecho (sólo aparente) de sus vendedores y de su propio derecho le deja a salvo frente a la nulidad del acto de adjudicación de fincas que unilateralmente efectuaron quienes le vendieron las referidas fincas sin solución de continuidad a su adjudicación por título hereditario.

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Extracto


STS 502/2008, 30 de Mayo de 2008

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