STS 1071/1998, 12 de Noviembre de 1998
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Resumen
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Frases clave
“ concurriendo en los hechos un comportamiento negligente de los tres doctores, sin que conste la proporción que la conducta médica de cada uno de ellos ha producido el daño, lógica es la declaración de solidaridad de los mismos, sin que, en su consecuencia, se haya visto infringido el artículo 1137 del Código Civil ”
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Extracto
STS 1071/1998, 12 de Noviembre de 1998
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