STS 1071/1998, 12 de Noviembre de 1998

Enlazado como:


Resumen


No longer available (Autolink)

Frases clave


concurriendo en los hechos un comportamiento negligente de los tres doctores, sin que conste la proporción que la conducta médica de cada uno de ellos ha producido el daño, lógica es la declaración de solidaridad de los mismos, sin que, en su consecuencia, se haya visto infringido el artículo 1137 del Código Civil

Ver el contenido completo de este documento

Extracto


STS 1071/1998, 12 de Noviembre de 1998

No longer available (Autolink)

Ver el contenido completo de este documento