STSJ Galicia , 21 de Junio de 2001

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Resumen


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Frases clave


No existir razón alguna que justifique la reclamación del demandante, una vez que se estima que el Banco cumplió con lo acordado, y que no cabe salir del ámbito de estos acuerdos, para intentar, utilizar una vía inadecuada, para obtener una declaración en el sentido de que se le abone, por el Banco el complemento de pensión, sin deducción por concepto de cuotas de Seguridad Social.

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Extracto


STSJ Galicia , 21 de Junio de 2001

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