STS, 15 de Febrero de 2001

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Frases clave


La falta de competencia funcional para la suplicación y la casación unificadora concurre en el caso. La cuantía de los trienios en el III convenio colectivo del personal laboral de la Junta de Galicia no alcanza el importe de 4.000 pta. al mes, y el demandante sólo había completado en el momento de la demanda un trienio. Así las cosas, teniendo en cuenta que a los efectos del art. 189.1 LPL ha de considerarse la cantidad que correspondería percibir en un año en la hipótesis de sentencia de condena, y a la vista de que ni siquiera se había alegado en la instancia la afectación general de la cuestión controvertida, es claro que no era viable el recurso de suplicación ni tampoco lo es éste de casación unificadora.

Extracto


STS, 15 de Febrero de 2001

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