STS, 19 de Noviembre de 2001
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Frases clave
“ Que la competencia para conocer del recurso contencioso-administrativo interpuesto por Don Eugenio contra la desestimación de la pretensión de nulidad formulada por el recurrente en 13 de noviembre de 1998, a que se ha hecho mérito, corresponde a la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, a la que deberán remitirse las actuaciones recibidas para su sustanciación; sin hacer especial imposición de costas. ”
Extracto
STS, 19 de Noviembre de 2001
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Documentos citados
- Ley de organización y funcionamiento de la Administración General del Estado (Ley 6/1997, de 14 de Abril)
- Ley de régimen jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (Ley 30/1992, de 26 de noviembre) - Artículos 108, 118
- Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa (Ley 29/1998, de 13 de julio) - Artículos 8, 9, 11, 139