STS, 19 de Noviembre de 2001

Enlazado como:


Frases clave


Que la competencia para conocer del recurso contencioso-administrativo interpuesto por Don Eugenio contra la desestimación de la pretensión de nulidad formulada por el recurrente en 13 de noviembre de 1998, a que se ha hecho mérito, corresponde a la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, a la que deberán remitirse las actuaciones recibidas para su sustanciación; sin hacer especial imposición de costas.

Extracto


STS, 19 de Noviembre de 2001

No longer available (Autolink)

Ver el contenido completo de este documento