STS, 22 de Mayo de 2001
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Resumen
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Frases clave
“ si obviamente la falta de Concejales suficientes puede motivar y justificar la aplicación del artículo 182, las mismas razones de excepción, urgencia y vacío de poder, obligan a nombrar los únicos existentes para poder completar el mínimo, a pesar de que no se pueda cumplir con la exigencia de la proporcionalidad a que el artículo 182 se refiere. ”
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Extracto
STS, 22 de Mayo de 2001
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Documentos citados
- Ley de régimen jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (Ley 30/1992, de 26 de noviembre) - Artículo 62
- Constitución Española de 1978 - Artículos 1, 23, 163
- Ley Orgánica del Tribunal Constitucional (Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre) - Artículo 35
- Ley Orgánica del Régimen Electoral General (Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio) - Artículos 182, 183
- Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa (Ley 29/1998, de 13 de julio) - Artículos 95, 102