ORDEN de 15 de marzo de 2002, del Consejero de Sanidad, por la que se establecen las condiciones sanitarias y la clasificación de los comedores colectivos y de los establecimientos no industriales de elaboración de comidas preparadas para el consumidor final en la Comunidad Autónoma del País Vasco.
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ORDEN de 15 de marzo de 2002, del Consejero de Sanidad, por la que se establecen las condiciones sanitarias y la clasificación de los comedores colectivos y de los establecimientos no industriales de elaboración de comidas preparadas para el consumidor final en la Comunidad Autónoma del País Vasco.
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Documentos citados
- Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social (Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto)
- REAL DECRETO 2207/1995, de 28 de Diciembre, </strong>por el que<strong> se establece las Normas de Higiene relativas a los Productos alimenticios.
- DECRETO 268/2001, de 6 de noviembre, </strong>por el que<strong> se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Sanidad. - Artículo 3
- REAL DECRETO 3484/2000, de 29 de diciembre, </strong>por el que<strong> se establecen las normas de higiene para la elaboración, distribución y comercio de comidas preparadas.
- Ley de Gobierno del País Vasco (Ley 7/1981, de 30 de Junio) - Artículo 26