STS, 20 de Mayo de 1997

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Resumen


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Frases clave


Como acertadamente se indica en la sentencia recurrida y en el informe del Ministerio Fiscal, en la empresa concurren los requisitos para poder utilizar la reducción del incremento salarial a que se refiere la letra a) de la disposición adicional mencionada. La presentación de las cuentas consolidadas a efectos contables del grupo que Viajes Marsans S.A. domina, no afecta a la personalidad jurídica autónoma de la misma no substituible por la "personalidad laboral" del grupo en su cómputo cuando claramente aparecen patrimonios, direcciones, actividades y trabajadores separados. Como tal sociedad mercantil la demandada puede contratar personal laboral, promover regulación de empleo ejercer sus deberes y derechos laborales, sufrir suspensión de pagos o quiebra, sin que por ello trascienda a las otras empresas respecto de las cuales es accionista.

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Extracto


STS, 20 de Mayo de 1997

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