STS, 17 de Junio de 2002

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Frases clave


Mandatos de imposible violación por la acción que se ejercitó y la sentencia que la acogió favorablemente. No pretendía la UGT modificar la composición del Comité Intercentros. Se postula únicamente el reconocimiento de la cesión de crédito horario de uno a otro representante. Cesión que, ni en el Estatuto de los Trabajadores, ni en el Convenio de Sector aparece en modo alguno vinculada a la militancia sindical. Y desde luego no puede la empresa dejar de reconocerla por el hecho de que un representante haya cambiado de afiliación, pues tal negativa, carente de justificación, constituye un atentado a la libertad sindical de cedente y cesionario, como ha establecido la sentencia que se combate.

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Extracto


STS, 17 de Junio de 2002

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