STS, 17 de Junio de 2002
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Resumen
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Frases clave
“ Mandatos de imposible violación por la acción que se ejercitó y la sentencia que la acogió favorablemente. No pretendía la UGT modificar la composición del Comité Intercentros. Se postula únicamente el reconocimiento de la cesión de crédito horario de uno a otro representante. Cesión que, ni en el Estatuto de los Trabajadores, ni en el Convenio de Sector aparece en modo alguno vinculada a la militancia sindical. Y desde luego no puede la empresa dejar de reconocerla por el hecho de que un representante haya cambiado de afiliación, pues tal negativa, carente de justificación, constituye un atentado a la libertad sindical de cedente y cesionario, como ha establecido la sentencia que se combate. ”
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Extracto
STS, 17 de Junio de 2002
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Afectaciones
APLICA
- Ley del Estatuto de los Trabajadores (Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo) - Artículos : 63.3
- Código Civil - Artículos : 1281
Documentos citados
- Constitución Española de 1978 - Artículo 28
- Ley del Estatuto de los Trabajadores (Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo) - Artículos 63, 68, 70
- Ley de Procedimiento Laboral (Real Decreto Legislativo 2/1995, de 7 de abril) - Artículo 205
- Código Civil - Artículo 1281
- Reglamento de Elecciones a Órganos de Representación de los Trabajadores en la Empresa (Real Decreto 1844/1994, de 9 de septiembre) - Artículo 12