STS 501/2008, 3 de Junio de 2008

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Resumen


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Frases clave


Si a ello se añade la conducta probada de mala fe en la parte predisponente, inmobiliaria PROINDIR S.L., anterior a la notificación del desistimiento y la actuación posterior con todas las consecuencias que tuvo que soportar la compradora Dª Daniela, se concluye con la declaración de nulidad de la cláusula de desistimiento, es decir, nulidad total de la cláusula transcrita en el sentido de quedar eliminada tanto la facultad de desistimiento de la sociedad vendedora, como la de la compradora, quedando así integrado el contrato de compraventa, que deberá ser formalizado adecuadamente.

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Extracto


STS 501/2008, 3 de Junio de 2008

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