STS 1447/2002, 10 de Septiembre de 2002
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Resumen
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Frases clave
“ El motivo se desestima. El relato fáctico refiere el contenido de las amenazas de muerte que fueron proferidas de palabra y mediante llamadas telefónicas cuya frecuencia determinó que uno de los familiares las grabase. La gravedad del contenido de las amenazas resulta palmaria desde el propio relato fáctico que refiere la causación de lesiones habituales, de daños de incendios en la vivienda, etc, que, logicamente, tuvieron un contenido de gravedad que la propia sala de instancia comprueba mediante la audición de las cintas. Esa gravedad no aparece desvirtuada por la alegación del recurso en orden a las enfermedades de la condenada, no declaradas probadas, pues su contenido atemorizante viene refrendado por la expresión de la amenaza por quien ya ha realizado actos agresivos y que actúa en unión de su hijo, también condenado. ”
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Extracto
STS 1447/2002, 10 de Septiembre de 2002
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Afectaciones
APLICA
Documentos citados
- Código Penal (Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre) - Artículos 20, 21, 57, 63, 66, 74, 76, 105, 141, 147, 148, 153, 169, 351, 468, 550, 617, 625, 634
- Ley de Enjuiciamiento Criminal (Real Decreto de 14 de septiembre de 1882) - Artículos 2, 729, 849, 850, 921
- LEY ORGÁNICA 11/1999, de 30 de abril, de modificación del Título VIII del Libro II del Código Penal, aprobado por Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre.