STS, 19 de Marzo de 2002

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Resumen


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Frases clave


Es claro que no hay transmisión patrimonial de la anterior empresa al Ayuntamiento, y en consecuencia, se carece de un elemento esencial de la sucesión de empresas que postula el recurso, el cual por ello debe ser desestimado en su integridad, pues las infracciones legales que denuncia el recurso, al margen del art. 44 del Estatuto suponen la sucesión empresarial.

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Extracto


STS, 19 de Marzo de 2002

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