STS 593/2000, 16 de Junio de 2000
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Resumen
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Frases clave
“ Doctrina que aplicada al caso enjuiciado, no se aprecia cual puede ser ese "imperativo ético que la conciencia social exija", cuyo desconocimiento permita calificar como contraria a la buena fe la conducta del profesional sanitario que preste su servicio durante un período de tiempo superior al mínimo establecido siendo así que, aparte del beneficio económico que tal conducta pueda reportarle, con ello se produce una mejora del servicio público que tales profesionales prestan mediante el abastecimiento de medicinas al público. ”
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Extracto
STS 593/2000, 16 de Junio de 2000
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Afectaciones
APLICA
- Constitución Española de 1978 - Artículos : 36
- Código Civil - Artículos : 1243 7.1
Documentos citados
- Constitución Española de 1978 - Artículos 1, 9, 10, 24, 36, 120
- Ley de Competencia Desleal (Ley 3/1991, de 10 de enero) - Artículos 1, 2, 3, 5, 14, 15, 18, 21
- Código Civil - Artículos 7, 1243
- Ley Orgánica del Poder Judicial (Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio) - Artículo 248
- Real Decreto de Promulgación de la Ley de Enjuiciamiento Civil (Real Decreto de 3 de febrero de 1881) - Artículos 80, 632, 1692, 1710, 1715