STS, March 25, 2002
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“ Es claro que era a la Administración a la que correspondía probar la existencia de máquinas de fabricación española semejantes a las señaladas por Alonvi S.A. y no lo ha hecho a juicio de la Sala de la Audiencia Nacional, cuya apreciación no podemos sustituir. La naturaleza y las reglas por las que se rige la casación nos lo impiden, puesto que no se ha producido ninguna infracción manifiesta de las normas que regulan la prueba, ni cabe considerar que las conclusiones a las que ha llegado la Sentencia recurrida sean contrarias a toda lógica. ”
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STS, March 25, 2002
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This document cites
- Ley de régimen jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (Ley 30/1992, de 26 de noviembre) - Article 57
- Constitución Española de 1978
- Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa (Ley 29/1998, de 13 de julio) - Articles 95, 102
- Real Decreto 2586/1985, de 18 de Diciembre, </strong>por el que<strong> se establecen suspensiones y Reducciones arancelarias a los Bienes de Inversion importados con determinados fines especificos.
- Real Decreto 932/1986, de 9 de Mayo, </strong>por el que<strong> se modifica el Real decreto 2586/1985, de 18 de Diciembre, que establecio un regimen arancelario especial para las Importaciones de Bienes de Inversion con determinados fines especificos.