STS, March 25, 2002

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Es claro que era a la Administración a la que correspondía probar la existencia de máquinas de fabricación española semejantes a las señaladas por Alonvi S.A. y no lo ha hecho a juicio de la Sala de la Audiencia Nacional, cuya apreciación no podemos sustituir. La naturaleza y las reglas por las que se rige la casación nos lo impiden, puesto que no se ha producido ninguna infracción manifiesta de las normas que regulan la prueba, ni cabe considerar que las conclusiones a las que ha llegado la Sentencia recurrida sean contrarias a toda lógica.

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STS, March 25, 2002

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