STS, 16 de Abril de 2002

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Frases clave


el derecho al cobro por el contratista de la obra realmente ejecutada, con arreglo al precio convenido está recogido en los artículos 47 de la Ley de Contratos del Estado y el artículo 142 del Reglamento para su ejecución, el cual en su párrafo tercero señala que los abonos al contratista resultantes de las certificaciones expedidas tienen el concepto de pagos a buena cuenta, sujetos a las rectificaciones y variaciones que se produzcan en la medición final y sin suponer en forma alguna aprobación y recepción de las obras

Extracto


STS, 16 de Abril de 2002

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