STS 819/2002, 8 de Mayo de 2002
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Resumen
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Frases clave
“ En el caso, concurren todos esos elementos. Ya hemos dejado apuntado que tal abuso de superioridad no es inherente al delito, porque el mismo puede ser perfectamente cometido por una sola persona, no requiriendo participación colectiva alguna; los agresores, entre los que se contaba el acusado hoy recurrente, conocían perfectamente que tal situación numérica era aprovechada para la comisión delictiva, minimizando que no anulando la defensa de la víctima. ”
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Extracto
STS 819/2002, 8 de Mayo de 2002
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Afectaciones
APLICA
- Constitución Española de 1978 - Artículos : 24 15
- Código Penal (Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre) - Artículos : 22 173
- Ley Orgánica del Poder Judicial (Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio) - Artículos : 5.4
Documentos citados
- Constitución Española de 1978 - Artículos 15, 24
- Código Penal (Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre) - Artículos 22, 173, 620
- Ley Orgánica del Poder Judicial (Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio) - Artículo 5
- Ley de Enjuiciamiento Criminal (Real Decreto de 14 de septiembre de 1882) - Artículos 849, 901
- STC 120/1990, 27 de Junio de 1990