STS, 30 de Enero de 1997

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Resumen


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Frases clave


Es evidente que la empresa no ha infringido este precepto puesto que las vacantes de Interventor en Ruta existentes en Córdoba fueron ofertadas y cubiertas a través del concurso correspondiente según figura en el relato fáctico. La circunstancia también recogida en la narración histórica de que tres de los adjudicatarios de tales plazas no se habían incorporado a su destino en la fecha en que el actor presentó su papeleta de conciliación previa carece de transcendencia a estos efectos dado el poco tiempo transcurrido entre la resolución del concurso y la presentación de aquélla papeleta, máxime cuando no consta la fecha en que se les notificó la adjudicación, ni hay base alguna para considerar que hubiesen renunciado a la plaza.

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Extracto


STS, 30 de Enero de 1997

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