LEY 8/2014, de 3 de julio, de fusión de los colegios de titulados mercantiles y empresariales de Barcelona, Girona, Lleida y Tarragona, del Consejo de Colegios de Titulados Mercantiles y Empresariales de Cataluña y del Colegio de Economistas de Cataluña en el Colegio de Economistas de Cataluña.
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LEY 8/2014, de 3 de julio, de fusión de los colegios de titulados mercantiles y empresariales de Barcelona, Girona, Lleida y Tarragona, del Consejo de Colegios de Titulados Mercantiles y Empresariales de Cataluña y del Colegio de Economistas de Cataluña en el Colegio de Economistas de Cataluña.
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Documentos citados
- Estatuto de Autonomía de Cataluña (Ley Orgánica 6/2006, de 19 de julio) - Artículos 65, 125
- Llei de l'Exercici de Professions Titulades i Dels Col·legis Professionals de Catalunya (Llei 7/2006, de 31 de maig) - Artículo 54
- Estatut d'autonomia de Catalunya (Llei Orgànica 6/2006, de 19 de juliol) - Artículos 65, 125