STS 813/1996, 4 de Octubre de 1996

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Frases clave


Determinado, como se efectúa en el párrafo precedente, el contenido del recurso, es preciso señalar, de acuerdo con el informe del Ministerio Fiscal de 4 de mayo de 1993, que la recurrente ha introducido una cuestión nueva, la cual, según reiterada doctrina jurisprudencial, no cabe conocer en casación, pues, amén de alterar el objeto de la controversia, atenta a los principios de preclusión e igualdad entre las partes (sentencias de 11 de abril y 4 de junio de 1994) y produce indefensión al otro sujeto del pleito (sentencias de 22 de julio y 2O de septiembre de 1994).

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Extracto


STS 813/1996, 4 de Octubre de 1996

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