STS, 16 de Junio de 1995

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Frases clave


En consecuencia es claro, de acuerdo con el informe del Ministerio Fiscal, que en el presente caso no concurren las identidades previstas en el artículo 216 de la Ley de Procedimiento Laboral de 1.990, necesarias para viabilizar el presente recurso, por lo que se debe declarar su inadmisión, que en este trámite se transforma en su desestimación

Extracto


STS, 16 de Junio de 1995

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