STS, 15 de Junio de 1995

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Frases clave


A pesar de la apariencia de identidad entre las sentencias comparadas, la contradicción no se produce y así lo ha puesto de manifiesto la sentencia de esta Sala de 26 de mayo de 1995 (Rec. 3595/94) en un caso prácticamente idéntico al presente procedente de la misma Sala, en el que se citan como contrarias las mismas sentencias que en este recurso, pues el núcleo esencial de la sentencia recurrida consiste en que el contrato eventual del artículo 15.1.b del Estatuto de los Trabajadores carece de virtualidad para cubrir interinamente plazas vacantes y, de otro lado, que se produjo una renuncia inválida de derechos por parte del trabajador cuando desistió de la prórroga del contrato eventual que, por superar los seis meses dentro de un año natural, convertía la relación laboral en indefinida, según se desprende del artículo 15.1.b del Estatuto de los Trabajadores.

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Extracto


STS, 15 de Junio de 1995

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