STS, 14 de Febrero de 1997
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Resumen
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Frases clave
“ Por consiguiente la reforma que en esta materia se produce, de manera que el día cotizado a tiempo parcial ya no se computa como día completo a efectos de carencia, se inicia ya a partir de Enero de 1994 y en el caso que ahora se contempla el hecho causante, fijado en el día 15 de Septiembre de 1994, fecha en que tiene lugar el dictamen de la UVMI valorando la invalidez de la demandante, existe una legislación vigente con anterioridad ratificada por la Ley 10/94 de 19 de Mayo, que la sentencia recurrida aplica para determinar los períodos de cotización exigidos para tener derecho a la prestación solicitada. ”
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Extracto
STS, 14 de Febrero de 1997
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Documentos citados
- Ley de Procedimiento Laboral (Real Decreto Legislativo 2/1995, de 7 de abril) - Artículos 216, 217, 233
- Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, </strong>por el que se aprueba<strong> el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social
- REAL DECRETO 2319/1993, de 29 de Diciembre, sobre Revalorizacion de Pensiones del Sistema de la Seguridad social y de Otras prestaciones de Proteccion social publica para 1994.
- Ley 10/1994, de 19 de mayo, sobre medidas urgentes de fomento de la ocupación. - Artículos 3, 4