STS, 5 de Abril de 2001
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Resumen
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Frases clave
“ Pues bien, de todo ello se deduce la necesaria desestimación de los motivos que nos ocupan, porque esos datos revelan que, lejos de existir razones objetivas y reconocibles de tipo urbanístico que aconsejaran la modificación del Plan en lo referente al "Fortí de la Reina", ha sido sólo la voluntad municipal de que no se ejecutara la sentencia lo que llevó a la Corporación a incluir en la Revisión del Plan unas determinaciones que amparaban punto por punto el proyecto técnico con base en el cual se otorgó la licencia anulada; lo cual infringe los preceptos y jurisprudencia que antes hemos citado. ”
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Extracto
STS, 5 de Abril de 2001
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Documentos citados
- Constitución Española de 1978 - Artículos 1, 3, 9, 24, 83, 117, 118, 140
- Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa (Ley 29/1998, de 13 de julio) - Artículos 1, 29, 37, 43, 63, 80, 95, 103, 105, 106, 107
- Ley Orgánica del Poder Judicial (Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio) - Artículos 1, 2, 18
- STC 167/1987, 28 de Octubre de 1987
- STC 176/1985, 17 de Diciembre de 1985