STS 59/1997, 6 de Febrero de 1997

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Frases clave


La sentencia recurrida al condenar al recurrente incurre en incongruencia, desde el instante mismo que condena a un codemandado que ha quedado fuera de la relación procesal creada a partir de la interposición de la demanda por la entidad, ahora, recurrida.

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Extracto


STS 59/1997, 6 de Febrero de 1997

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