STS 447/2002, 14 de Mayo de 2002
Enlazado como:
Resumen
No longer available (Autolink)
Frases clave
“ Las consideraciones hechas para desestimar el motivo anterior son en gran parte obviamente aplicables al que ahora se examina, por lo que bastará recordar que, ya en la sentencia de primera instancia, se hizo constar que "las alegaciones vertidas sobre la prescripción de las cuotas correspondientes al recurso cameral giradas sobre los ejercicios del impuesto de sociedades de los años 1986 y 1987 debido a la falta de notificación de tales liquidaciones deben ser desestimadas en cuanto que consta documentalmente (documentos 1 a 5 de la prueba propuesta por la actora) dicha notificación", ”
Ver el contenido completo de este documento
Extracto
STS 447/2002, 14 de Mayo de 2002
No longer available (Autolink)
Ver el contenido completo de este documento
Documentos citados
- Ley de régimen jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (Ley 30/1992, de 26 de noviembre) - Artículo 79
- Ley General Tributaria (Ley 230/1963, de 28 de diciembre) - Artículos 64, 65, 67
- Real Decreto de Promulgación de la Ley de Enjuiciamiento Civil (Real Decreto de 3 de febrero de 1881) - Artículos 4, 1692, 1715