STS, 15 de Mayo de 1997
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Resumen
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Frases clave
“ Nada se opone a la prueba indiciaria que por los cauces establecidos en el artículo 1253 del Código Civil, en relación también con el artículo 1249 de igual ley, y fuera de las meras sospechas, permite llegar a la convicción condenatoria. Nada que oponer tampoco a la legitimidad, y subsiguiente credibilidad, de las declaraciones prestadas por las Fuerzas del orden en cuanto se refiere a hechos de conocimiento propio, de acuerdo con lo establecido en los artículos 297 y 717 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (ver las Sentencias del Tribunal Constitucional de 18 de mayo de 1990, 30 de octubre de 1989 y 5 de noviembre de 1985). ”
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Extracto
STS, 15 de Mayo de 1997
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Documentos citados
- Constitución Española de 1978 - Artículos 24, 120
- Código Penal (Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre)
- Código Civil - Artículo 1253
- Ley Orgánica del Poder Judicial (Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio) - Artículo 5
- Ley de Enjuiciamiento Criminal (Real Decreto de 14 de septiembre de 1882) - Artículos 297, 717, 849, 851