STS 1318/2000, 14 de Julio de 2000

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Resumen


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Frases clave


De todo lo dicho se desprende: a) que no se advierte claramente cual es el error que la parte recurrente pretende acreditar; b) que los documentos designados por la misma tampoco lo podrían evidenciar de forma incontrovertible; y c) que, en cualquier caso, es patente que el Tribunal de instancia ha dispuesto de otros elementos probatorios de signo contradictorio con lo que, prima facie, pudiera estimarse que acreditan aquéllos, tal como el propio Tribunal razona en los fundamentos jurídicos tercero y cuarto de la sentencia recurrida, en los que se afirma que la caótica situación de las sociedades aquí recurrentes

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Extracto


STS 1318/2000, 14 de Julio de 2000

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