STS, 23 de Enero de 2003
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Frases clave
“ es incuestionable, con arreglo a lo dispuesto en los artículos 178 de la Ley del Suelo de 1976, 33 del Reglamento de Disciplina Urbanística, 22.1 del Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales y lo dispuesto en el Reglamento sobre actividades molestas, insalubres nocivas y peligrosas de 30 de noviembre de 1961, es plenamente exigible la licencia de actividad de los actos de uso del suelo, en que consiste la extracción de áridos, y su ausencia determina los efectos previstos en la legislación urbanística sobre suspensión de esas actividades. ”
Extracto
STS, 23 de Enero de 2003
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Documentos citados
- Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa (Ley 29/1998, de 13 de julio) - Artículo 139
- Ley de Minas (Ley 22/1973, de 21 de julio) - Artículo 116
- Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales (Decreto de 17 de junio de 1955)
- Ley sobre el Régimen del Suelo y Ordenación Urbana (Real Decreto Legislativo 1/1992, de 26 de junio)
- Reglamento de Disciplina Urbanística para el desarrollo y Aplicación de la Ley sobre Régimen del Suelo y Ordenación Urbana (Real Decreto 2187/1978, de 23 de junio) - Artículo 33