STS 773/1999, 25 de Septiembre de 1999

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Frases clave


El cambio del régimen patrimonial no desplaza los derechos adquiridos con anterioridad por terceros sobre el patrimonio de los cónyuges, mientras no se publiquen en los Registros correspondientes, que es el caso que nos ocupa, dada la prioridad de las anotaciones de los embargos trabados en la causa penal seguida contra el marido, cuya finalidad no es otra que el aseguramiento de las posibles responsabilidades civiles derivadas de los delitos por los que resultó condenado.

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Extracto


STS 773/1999, 25 de Septiembre de 1999

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