STS 586/1999, June 28, 1999

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La nulidad que pretende que se declare por violaci?n de la prohibici?n del pacto comisorio no est? basada en la demostraci?n de sus premisas, a saber: que los contratos litigiosos transmit?an la propiedad de los objetos a la recurrente, la cual pasar?a a ser de la demandada Lico-Leasing en caso de incumplimiento de la obligaci?n de pago de las cuotas. No hay ni la m?s m?nima argumentaci?n que pueda ser examinada por esta Sala, que no puede suplir desde luego a la direcci?n letrada del recurrente, ni la transcripci?n del susodicho art?culo doctrinal sirve para algo aqu?, por su car?cter naturalmente general y abstracto. Tampoco nos sirve la Ley 26/1.984, de 19 de julio, vigente al iniciarse este pleito en su redacci?n anterior, porque la recurrente no re?ne la condici?n de destinatario final protegido por la misma (art. 1?.3).

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