STS 610/1999, 8 de Julio de 1999
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Resumen
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Frases clave
“ . Pero s? se puede imputar a la primera sociedad complicidad en el incumplimiento de la obligaci?n de la segunda, por conocer que con la venta ya no pod?a hacerlo. Ello no lleva desde luego a imponer la sanaci?n de la asunci?n de la obligaci?n por EDIFICIOS000, sino la responsabilidad solidaria con los liquidadores de los da?os y perjuicios causados por haber cooperado con ellos al incumplimiento de DIRECCION000. La situaci?n que crea no puede ser m?s desfavorable ”
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Extracto
STS 610/1999, 8 de Julio de 1999
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Documentos citados
- Ley Hipotecaria (Decreto 8 de febrero de 1946) - Artículo 34
- Código Civil - Artículos 1091, 1124, 1128, 1202, 1203, 1204
- Ley 10/1992, de 30 de Abril, de medidas urgentes de reforma procesal.
- Real Decreto de Promulgación de la Ley de Enjuiciamiento Civil (Real Decreto de 3 de febrero de 1881) - Artículos 1692, 1715