STS, 31 de Julio de 1993
Enlazado como:
Resumen
No longer available (Autolink)
Frases clave
“ puede apreciarse la concurrencia de contradicción entre esas sentencias confrontadas aunque se tomen en consideración los razonamientos que la recurrida dedica a resolver el fondo de las alegaciones del segundo motivo. LLegados a este punto, es conveniente recordar que el recurso de suplicación es un recurso de naturaleza extraordinaria, en el que los poderes jurisdiccionales de la Sala que lo resuelva, están limitados a las cuestiones determinadas y concretas que las partes hayan planteado en el mismo, estando vedado a dicha Sala el análisis de cualquier infracción legal, salvo las relativas a materia de orden público, aunque sea muy clara y evidente, si no ha sido denunciada por alguna de esas partes ”
Ver el contenido completo de este documento
Extracto
STS, 31 de Julio de 1993
No longer available (Autolink)
Ver el contenido completo de este documento
Documentos citados