STS, 31 de Julio de 1993

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Frases clave


puede apreciarse la concurrencia de contradicción entre esas sentencias confrontadas aunque se tomen en consideración los razonamientos que la recurrida dedica a resolver el fondo de las alegaciones del segundo motivo. LLegados a este punto, es conveniente recordar que el recurso de suplicación es un recurso de naturaleza extraordinaria, en el que los poderes jurisdiccionales de la Sala que lo resuelva, están limitados a las cuestiones determinadas y concretas que las partes hayan planteado en el mismo, estando vedado a dicha Sala el análisis de cualquier infracción legal, salvo las relativas a materia de orden público, aunque sea muy clara y evidente, si no ha sido denunciada por alguna de esas partes

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Extracto


STS, 31 de Julio de 1993

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