STS, 24 de Mayo de 2002

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Frases clave


Nos resta señalar que la exigencia de garantías establecidas en el artículo 7 del R.D. 2364/94 en nada afecta a la presunción de inocencia ya que no supone sanción alguna y sí sólo como su propio nombre indica una garantía de que esas empresas no podrán eludir si pretexto de insolvencia las sanciones que puedan serles impuestas en caso de incorrecto funcionamiento, ello con la única finalidad de garantizar, o intentar al menos hacerlo así, el correcto funcionamiento de una actividad desarrollada en la esfera privada pero que complementa el servicio público de seguridad que corresponde al Estado como competencia esencial y que por tanto el interés general demanda se arbitren cuantas medidas puedan contribuir a garantizar el correcto funcionamiento de aquella.

Extracto


STS, 24 de Mayo de 2002

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