STS, 24 de Mayo de 2002
Enlazado como:
Frases clave
“ Nos resta señalar que la exigencia de garantías establecidas en el artículo 7 del R.D. 2364/94 en nada afecta a la presunción de inocencia ya que no supone sanción alguna y sí sólo como su propio nombre indica una garantía de que esas empresas no podrán eludir si pretexto de insolvencia las sanciones que puedan serles impuestas en caso de incorrecto funcionamiento, ello con la única finalidad de garantizar, o intentar al menos hacerlo así, el correcto funcionamiento de una actividad desarrollada en la esfera privada pero que complementa el servicio público de seguridad que corresponde al Estado como competencia esencial y que por tanto el interés general demanda se arbitren cuantas medidas puedan contribuir a garantizar el correcto funcionamiento de aquella. ”
Extracto
STS, 24 de Mayo de 2002
No longer available (Autolink)
Ver el contenido completo de este documento
Documentos citados
- Ley de régimen jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (Ley 30/1992, de 26 de noviembre) - Artículos 33, 133, 134, 136, 137
- Ley de Enjuiciamiento Civil (Ley 1/2000, de 7 de enero) - Artículos 359, 372
- Constitución Española de 1978 - Artículos 9, 14, 24, 38, 53, 97, 103, 106, 120, 139
- Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa (Ley 29/1998, de 13 de julio) - Artículos 43, 80, 99, 102
- Ley de Seguridad Privada (Ley 23/1992, de 30 de julio) - Artículos 5, 7, 35