STS, 23 de Noviembre de 2001

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Frases clave


Lo procedente y mas eficaz es que la Administración Aduanera del Estado y la Administración Tributaria de la Comunidad Autónoma de Canarias establezcan de común acuerdo las fórmulas de colaboración, precisas para la adecuada gestión, en sentido amplio, del I.G.I.C., en el momento en que cesa la exención referida, con el fin de evitar que surjan roces, discrepancias o en general falta del necesario entendimiento entre ambas Administraciones

Extracto


STS, 23 de Noviembre de 2001

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