STS, 27 de Marzo de 2001
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Resumen
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Frases clave
“ Siguiendo el discurso casacional la conciliación de referencia actuó subsanando cualquier deficiencia de las notificaciones precedentes por medio de cartas liquidadoras, teniéndose en cuenta el saneamiento que para los actos de comunicación irregulares contiene el artículo 279 de la Ley de Enjuiciamiento Civil (166-21 de la vigente de 7 enero del 2000) y que el precepto procesal 476 autoriza a llevar a cabo tanto notificaciones como requerimientos por vía conciliatoria. ”
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Extracto
STS, 27 de Marzo de 2001
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Documentos citados
- Ley de régimen jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (Ley 30/1992, de 26 de noviembre) - Artículo 92
- Constitución Española de 1978 - Artículo 24
- Ley General Tributaria (Ley 230/1963, de 28 de diciembre) - Artículo 124
- Real Decreto de Promulgación de la Ley de Enjuiciamiento Civil (Real Decreto de 3 de febrero de 1881) - Artículos 279, 1692, 1715