STS, 18 de Abril de 1997

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Resumen


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Frases clave


el Ministerio Fiscal, sus conclusiones provisionales, posteriormente elevadas a definitivas, establecen que no existen circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, de forma que su estimación conculca el principio acusatorio, que se extiende de manera inequívoca a los supuestos en que se aprecia una agravante o un subtipo agravado que no han sido objeto de imputación formal en los escritos de calificación de las partes acusadoras ya que solamente ,acudiendo a al planteamiento de la tesis, contemplada en el articulo 733 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, se puede introducir esta cuestión a sugerencias del Tribunal sentenciador.

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Extracto


STS, 18 de Abril de 1997

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