STS, 28 de Septiembre de 2001
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Resumen
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Frases clave
“ La propia formulación de la doctrina que se pretende y el contenido de las argumentaciones para sostenerla, evidencian que se trata de un caso particularizado, cuya solución, aunque sea a efectos de doctrina legal, no puede declararse en un recurso de la naturaleza del presente, que requiere, como ya hemos dicho, una generalidad susceptible de aplicarse a un número indeterminado de supuestos. ”
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Extracto
STS, 28 de Septiembre de 2001
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Documentos citados
- Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa (Ley 29/1998, de 13 de julio) - Artículo 139
- Ley General Tributaria (Ley 230/1963, de 28 de diciembre) - Artículo 124
- Ley 39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de las haciendas locales. - Artículos 14, 75
- Ley 49/1998, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1999.
- Ley de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social. (Ley 50/1998, de 30 de diciembre) - Artículo 18